El Tribunal Federal Laboral ha dictado esta semana una sentencia según la cual los trabajadores temporales cuyas ETTs no tengan un convenio colectivo vigente tendrán derecho a percibir el mismo salario que los trabajadores de plantilla. La sentencia es la respuesta a una demanda de antiguos trabajadores temporales que habían trabajado con convenios colectivos que con anterioridad habían sido anulados.
Otra sentencia dictada también esta semana establece que la cifra de trabajadores temporales de las empresas se debe tener en consideración a la hora de calcular el número de miembros del comité de empresa. De este modo muchas empresas podrán tener más representantes de sus trabajadores, defendiendo al mismo tiempo al colectivo de trabajadores temporales. Con anterioridad a la sentencia sólo se tenían en cuenta los trabajadores fijos de plantilla.
Fuente: Actualidad Exterior; MEYSS