EL PARLAMENTO FRANCÉS APRUEBA LA PRIMA POR REPARTO DE BENEFICIOS

El Parlamento ha aprobado definitivamente el proyecto de ley de enmienda a los presupuestos de la seguridad social para 2011, donde se incluye la regulación de la denominada “prima sobre dividendos”. Están obligadas al abono de la prima las empresas que reúnen todos los requisitos siguientes:

  • Ser empresas comerciales del sector privado o del sector público (que no estén subvencionadas, ni sujetas a reglamentación de precios y que no se encuentren en situación de monopolio)
  • Que empleen 50 o más trabajadores
  • Que hayan abonado a los accionistas dividendos cuyo importe supere la media de los dividendos abonados en los dos ejercicios precedentes.

Las empresas obligadas al abono de la prima deberán negociar un acuerdo con los representantes de los trabajadores en los tres meses siguientes a la decisión de la AsambleaGeneralde distribuir dividendos. El no respeto de la obligación de negociar puede ser sancionado con un año de prisión y multa de 3.750 euros. El importe de la prima lo fija libremente el acuerdo pero solamente estará exonerada de cotizaciones sociales hasta el tope máximo de 1.200 euros.

Fuente: Bref social de 19 de julio. Actualidad Exterior; MTIN

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