En una demanda planteada ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, una sociedad francesa (ETERNIT) recurría el procedimiento aplicado por la seguridad social para reconocer el carácter profesional de la enfermedad de uno de sus trabajadores. La sociedad se quejaba de no haber tenido acceso a los documentos y observaciones médicas en las que la seguridad social se basaba para tomar su decisión, lo que le había imposibilitado recurrir “eficazmente” ante la justicia el reconocimiento del carácter profesional de la enfermedad. El Tribunal europeo, en sentencia dictada el 18 de abril, legitima la actuación de la seguridad social de no entregar los documentos basándose en el derecho de la víctima al secreto médico. Recuerda que el derecho del empresario a pedir al juez que nombre un experto médico garantiza el equilibrio entre el secreto médico y el derecho del empresario a un procedimiento equitativo
Fuente: Actualidad Exterior; MEYSS; Liaisons sociales, quotidien nº 16.088 de 23 de avril de 2012


