Los diputados de la mayoría parlamentaria han presentado el 22 de junio enla AsambleaNacionaluna proposición de ley relativa a la mejora de la indemnización a las víctimas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. El artículo 1 prevé modificar el artículo L.452-3 del código de la seguridad social para permitir que la víctima, en caso de falta inexcusable del empleador, pueda exigirle a este la reparación integra y total de los perjuicios sufridos. El texto preconiza la competencia exclusiva de la jurisdicción social para resolver los contenciosos en materia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Si se aprueba el texto, los empleadores no tendrían la simple “facultad” (como ocurre actualmente), sino la obligación de tener un seguro que asuma las consecuencias financieras, en particular la reparación total e integra de los perjuicios sufridos, de su propia falta inexcusable o de la falta cometida por uno de sus sustitutos. Para las empresas pequeñas habría que aplicar un procedimiento (que contempla pero no regula concretamente la proposición de ley) que abaratara el costo del seguro.
Fuente: Bref social de 28 juin 2011; Actualidad Exterior; MTIN