RECUPERACIÓN DE DIAS DE BAJA LABORAL PRODUCIDOS DURANTE LAS VACACIONES EN BÉLGICA

La decisión del Tribunal Europeo de Justicia estableciendo que los trabajadores asalariados recuperen los días de vacaciones perdidos a causa de una baja por enfermedad durante le periodo vacacional ha sembrado la confusión en el seno de las empresas belgas.

En efecto, el Tribunal ha fallado que un trabajador enfermo antes o durante las vacaciones, pueda retrasar las mismas, o recuperar los días de baja, en una fecha posterior, defendiendo que: «la finalidad del derecho a vacaciones anuales retribuidas es permitir que los trabajadores descansen y dispongan de un período de relajación y de ocio. Este no es el caso de baja por enfermedad y por tanto debe permitirse la recuperación de los días de vacaciones no disfrutados por el trabajador».

En Bélgica, en el caso de los empleados del sector privado que caen enfermos antes del inicio de sus vacaciones, estas no comienzan y se aplazan. Si la enfermedad se presenta durante el periodo de vacaciones, el trabajador no puede recuperar sus días de descanso, salvo en los de casos específicos, tales como licencia por maternidad.

La normativa belga es clara y no cambia automáticamente por la presente sentencia. Un trabajador belga no puede exigir la aplicación de la Directiva aunque si recurrir a los tribunales. «Si actualmente no hay base legal para formular su reclamación contra el empleador, podría culpar al Estado belga por no transponer adecuadamente la Directiva de la UE y solicitar indemnización en base a esta falta de adecuación «, señala Francois-Xavier Horion, abogado especialista en derecho laboral (Claeys &Engels).

Si Bélgica no cumple con la norma Europea, podría enfrentarse a sanciones. No sería la primera vez que la Comisión Europea advierte a Bélgica de su deber de adaptar su legislación laboral a las directivas europeas.

El gran temor de los empresarios es la multiplicación de los abusos. El problema está, obviamente, en el control de las bajas y cómo ejercer dicho control si se produce una incapacidad en el extranjero.

La experiencia de los servicios públicos federales (FPS), donde la recuperación de las bajas por enfermedad con los criterios del Tribunal Europeo ya es posible, tiende a relativizar las preocupaciones de los empleadores. «Creemos con demasiada rapidez que todo vale y que todo se permite. Pero esto no es cierto. Se debe comunicar, presentar un certificado médico y presentarse lo más pronto posible a un examen médico ya que si no lo hace se arriesga a sanciones severas», dijo Jacky Leroy, Presidente del Comité Ejecutivo de los FPS de P & O (Personal y Organización).

Fuente: Actualidad  Exterior; MEYSS

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