En una sentencia de 15 de mayo de 2013, la “Cour de Cassation” confirma su jurisprudencia en virtud de la cual las disposiciones legales relativas a los criterios prioritarios para el despido se aplican a todo el personal de la empresa y no solamente en el centro de trabajo en el que se suprimen los puestos. No obstante, admite el alto tribunal, puede dejar de aplicarse este principio si así lo decide un acuerdo de empresa o un acuerdo de ámbito superior a la empresa. No es admisible, sin embargo, la derogación de la norma por acuerdo de centro de trabajo.
Fuente: Actualidad Exterior; MEYSS; Liaisons sociales nº 165.348 de 22 de mayo de 2013)